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Nuevo programa dedicado a la Última Hora.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha evacuado una sentencia que agrava sustancialmente las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Madrid a los patriotas que interrumpieron un acto secesionistas en la delegación de la Generalitat catalana en Madrid, sita en la calle Blanquerna. El Tribunal Supremo se acoge a la agravante de “discriminación ideológica” (artículo 22,4 del Código Penal) para ascender la pena por desórdenes públicos de 6 meses a 2 años y 10 meses y la de daños ocasionados a bienes de propiedad pública a 1 año y 1 mes de prisión.

No sólo es un error de sentencia, es un estricto horror. Estamos ante una sentencia injusta y desproporcionada, de marcado carácter político, de intensa base antijurídica, que implica una apología del separatismo, al que se concede una sobreprotección abusiva, blindado por eso de la discriminación ideológica, concepto deletéreo, confuso, que se maneja con notoria arbitrariedad.

Se trata de un ataque directo a la democracia y una demolición del Estado de Derecho, entrando de lleno, sin límites ni escrúpulos, en el uso alternativo del Derecho, con la más estricta discrecionalidad y una caprichosa doble vara de medir.

 

 


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